14/07/2026 – Procedimiento permite repartir entre intereses involucrados los gastos o sacrificios extraordinarios.
La avería gruesa continúa siendo uno de los principios vigentes del derecho marítimo para distribuir los costos derivados de una emergencia durante un itinerario. Cuando un sacrificio o gasto extraordinario se realiza para proteger al conjunto de los bienes involucrados en una travesía, su costo puede ser compartido entre los armadores del buque, los propietarios de carga y otros intereses participantes, según explica un análisis publicado por Gard.

La aseguradora recuerda que, aunque la avería gruesa está reconocida por la legislación marítima, la mayoría de los contratos de transporte incorpora las Reglas de York y Amberes, que establecen la forma en que se determinan y distribuyen estos costos.
Según esas reglas, “existe un caso de avería gruesa cuando, y sólo cuando, cualquier sacrificio o gasto extraordinario se realiza de forma intencional y razonable para la seguridad común, con el propósito de preservar del peligro los bienes involucrados en la aventura marítima común”.
Entre las situaciones que pueden dar origen a una avería gruesa se encuentran las varadas, incendios, colisiones y fallas de maquinaria. En esos casos, el sacrificio o gasto debe haber sido realizado deliberadamente para enfrentar un peligro que amenace el desarrollo de la travesía.
Según Gard, los bienes normalmente sujetos a contribuir al costo total incluyen el buque, la carga, los combustibles, los contenedores y el flete. Así, por ejemplo, si parte de la carga debe ser arrojada al mar para salvar la nave, los armadores podrán recuperar parte de esa pérdida mediante aportes efectuadas por los demás intereses involucrados. Del mismo modo, los costos de remolque o salvamento utilizados para reflotar un buque pueden ser distribuidos entre quienes se beneficiaron de esas acciones.
Declaración y recopilación de garantías
Gard recomienda que la avería gruesa sea declarada antes de liberar la carga, ya que posteriormente el armador podría perder la posibilidad de exigir las garantías correspondientes a los propietarios de los bienes.
Para administrar el proceso, normalmente se designa un Average Adjuster (ajustador de avería gruesa), encargado de recopilar las garantías necesarias y elaborar el ajuste definitivo. Los propietarios de la carga deben presentar una garantía de avería gruesa y, cuando la carga cuenta con seguro, también interviene una garantía emitida por la aseguradora. Si la carga no está asegurada, se solicita un depósito en efectivo.
El ajustador también designa un perito para evaluar objetivamente los gastos extraordinarios y determinar cuáles cumplen las condiciones para ser considerados dentro de la avería gruesa.
Qué gastos pueden incluirse
El análisis señala que pueden formar parte de la avería gruesa sacrificios como el lanzamiento de carga al mar, los daños ocasionados intencionalmente durante maniobras para reflotar un buque o la pérdida de flete asociada a esas decisiones.
También pueden incorporarse gastos derivados de operaciones de salvamento, aligeramiento del buque, reparaciones necesarias para continuar la travesía, descarga temporal de carga para efectuar esas reparaciones, permanencia en un puerto de refugio y, en determinados casos, pagos de rescate por actos de piratería.
En cambio, las pérdidas ocasionadas únicamente por retrasos no califican como avería gruesa.
Recomendaciones
Gard indica que la preparación del ajuste de avería gruesa y los procesos de recuperación de las contribuciones pueden extenderse durante varios años.
En ese sentido, advierte que “la evidencia es clave en la gestión y en las consecuencias de una avería gruesa, y la evidencia que no se conserva suele desaparecer rápidamente”. Por ello recomienda preservar registros técnicos, informes de clasificación, antecedentes de mantenimiento, bitácoras, documentación de la carga y cualquier otro elemento que permita determinar posteriormente las causas del siniestro y respaldar la recuperación de las contribuciones.